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Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.

Disposición transitoria tercera(DT3)

Los administradores concursales, hasta el día siguiente a la publicación del desarrollo reglamentario sobre el régimen de la administración concursal previsto en la disposición transitoria segunda de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, seguirán comunicándose con la Administración de Justicia por medio de soporte papel. A partir de esa fecha estarán obligados a la presentación de escritos y a la recepción de las comunicaciones y notificaciones por el sistema LexNET.

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