Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado.
Artículo 8(8)
La Dirección General de lo Consultivo se integra por los siguientes órganos:
a) La Subdirección General de Coordinación y Apoyo de los Servicios Consultivos.
b) La Subdirección General de Informes.
c) Las Abogacías del Estado en los departamentos ministeriales.
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