Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Artículo 4(4)
1. El Ministerio de Hacienda se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Hacienda, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, de la que a su vez depende la Dirección General de Estabilidad Presupuestaria y Gestión Financiera Territorial.
2.º La Dirección General de Tributos.
3.º La Dirección General del Catastro.
4.º El Tribunal Económico-Administrativo Central, con rango de Dirección General.
B) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Presupuestos.
2.º La Dirección General de Costes de Personal.
C) La Subsecretaría de Hacienda, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General del Patrimonio del Estado.
3.º La Inspección General.
4.º La Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.
D) La Secretaría General de Fondos Europeos, de la que, a su vez, dependen la Dirección General de Fondos Europeos y la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
2. Está adscrita a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos la Intervención General de la Administración del Estado, con rango de Subsecretaría.
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