Programa de Atención Integral al Enfermo Mental en las prisiones españolas (PAIEM)
5. PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA EN EL CENTRO(5)
1. INFORMACION. Por parte del Director del Centro, se realizarán sesiones
informativas al conjunto de los miembros de los equipos técnicos,
sanitarios y funcionarios de vigilancia, sobre la necesidad de la
implantación del programa. En el caso de los funcionarios de interior esta
información se dirigirá sobre todo a los que prestan servicio en aquellas
dependencias donde residen en su mayor parte este tipo de población
interna, sin perjuicio de que también asistan todos aquellos que estén
interesados en participar en este programa.
2. Constitución del Equipo Multidisciplinar.
3. Diseño del Programa del Centro: Una vez constituido el Equipo, diseñará
el Programa de Intervención del Centro, donde se determinarán las
funciones y responsabilidades de cada uno de los componentes del
equipo, se elegirá el Coordinador y se establecerá el calendario de
actuaciones que incluirá el fijado para las reuniones periódicas del Equipo.
4. El programa será aprobado por la Junta de Tratamiento y Consejo de
Dirección del Centro.
5. El diseño de este programa, se enviara al Centro Directivo, Subdirección
General de Tratamiento y Gestión Penitenciaria (Área de Programas
Específicos de Tratamiento) y Subdirección General de Coordinación de
Sanidad (Servicio de Drogodependencias), preferiblemente por correo
electrónico.
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