ALMA

Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.

Artículo 3(3)

El ámbito de actuación del Organismo de Certificación comprende las entidades públicas o privadas que quieran ejercer de laboratorios de evaluación de la seguridad de las TI en el marco del Esquema. También comprende a estas entidades cuando sean fabricantes de productos o sistemas de TI que quieran certificar la seguridad de dichos productos, en el marco del Esquema. Todo ello, siempre que dichos productos o sistemas sean susceptibles de ser incluidos en el ámbito de actuación del Centro Criptológico Nacional.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.