Orden PCI/131/2019, de 12 de febrero, por la que se crea la Mesa de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.
Artículo 133
Las personas acogidas tendrán derecho a que la formación, el acompañamiento, la supervisión y la orientación técnica a través de profesionales especializados con que cuente su familia acogedora le permitan desempeñar adecuadamente sus funciones. Atendiendo a sus particulares necesidades también tendrán derecho a apoyo psicosocial específico que les permita afrontar las difíciles situaciones vividas.
La Generalitat fomentará el apoyo mutuo que lleven a cabo las asociaciones de familias acogedoras y acciones de información dirigidas a los y las profesionales que atienden a las niñas y niños en acogimiento y sus familias acogedoras, especialmente en el sector de la educación, de la sanidad y la acción social.
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