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Orden JUS/1291/2010, de 13 de mayo, por la que se aprueban las normas para la preparación y remisión de muestras objeto de análisis por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Artículo 4(4)

Las muestras que se reciban en el INTCF deberán llevar un triple embalaje de seguridad que constará de: 1. Embalaje primario: En contacto directo con la muestra. Será un recipiente impermeable y estanco de vidrio, metal o plástico dependiendo del tipo de muestra y de la temperatura de transporte. 2. Embalaje secundario: Sirve de protección a uno o más recipientes primarios, será a prueba de derrames. Deberá contener material absorbente suficiente para absorber la totalidad del contenido de los recipientes primarios. 3. Embalaje exterior: Protege al embalaje secundario, caja, cilindro, tambores, etc... Su solidez y dimensiones estarán acorde con las medidas, peso y fragilidad del material a embalar.

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