Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.
Séptimo.(7)
El Secretario General Técnico ejercerá por delegación de las autoridades que se expresan las siguientes atribuciones:
1. Del Ministro, Titular del Departamento:
1.1 Siempre que su cuantía sea inferior a 300.500 euros, en el ámbito material de sus competencias:
1.1.1 Las facultades de contratación.
1.1.2 La aprobación, el compromiso y el reconocimiento de las obligaciones correspondientes a los gastos de edición y distribución, fondos bibliográficos y Capítulo 4 del Servicio 01, programa 131 M, así como la propuesta al Ministro de Economía y Hacienda de la ordenación de los pagos correspondientes.
1.2 Las atribuidas en materia de asociaciones, por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación y normativa complementaria, incluyendo las recogidas en el artículo 35 y en la Disposición Adicional Primera, para acordar la declaración de utilidad pública de asociaciones, así como su denegación y revocación, y la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten al respecto, cuando sea parte la Administración, así como la de declarar la incompetencia del Ministerio del Interior en relación con los asuntos concernientes a las asociaciones mencionadas en el artículo 1, apartados 3 y 4, de dicha Ley Orgánica.
1.3 La resolución de las solicitudes de indemnización en concepto de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública.
1.4 La resolución de las peticiones de resarcimiento a transportistas extranjeros, formuladas al amparo de la Ley 52/1984, de 26 de diciembre.
1.5 La resolución de los recursos de alzada que se interpongan contra resoluciones de los Delegados del Gobierno en materia de seguridad privada o de medidas de seguridad en entidades de crédito y otras entidades y establecimientos.
2. Del Subsecretario del Interior:
2.1 La presidencia de la Comisión Asesora de Publicaciones.
2.2 Respecto del personal del centro directivo, designar comisiones de servicio a realizar en territorio nacional con derecho a indemnización hasta el límite de las consignaciones presupuestarias.
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