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Orden INT/632/2024, de 20 de junio, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre.

Artículo 7(7)

En los supuestos en los que se tenga conocimiento del incumplimiento de cualquiera de los requisitos de participación, se acordará la exclusión de la persona afectada del proceso selectivo, previa audiencia de la misma, por el Tribunal calificador en cualquiera de las fases previas al inicio de la correspondiente fase del curso, o por la persona titular de la Dirección General de la Policía, a propuesta de la persona titular de la División de Formación y Perfeccionamiento, en el supuesto de que las fases del curso o módulo de formación práctica en puesto de trabajo ya hubieran comenzado.

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Artículo 7 - POLICÍA SELECCIÓN 2024 | ALMA