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Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía.

Artículo 27(27)

1. La modalidad de brazo se corresponderá con el escudo de armas español, figura compleja que resulta de recortar un rectángulo, de proporciones cinco es a seis, por un semicírculo inscrito entre los dos lados mayores y uno de los menores: Anchura 65 mm., altura 78 mm., y parte 13 mm. 2. La modalidad de pecho, preferentemente, será igual a la de brazo con las siguientes medidas: Ancho 25-35 mm., altura 30-40 mm., y parte 5 mm. 3. Las barras adicionales serán de 3.5 mm. de alto, por 25 mm. de ancho.

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Artículo 27 - POLICÍA, UNIFORMIDAD | ALMA