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Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Artículo 2(2)

Están incluidos en el ámbito subjetivo de aplicación de esta Orden y, por tanto, sujetos a las obligaciones de suministro de información: 1. Las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales aprobado por el Reglamento (CE) 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996. 2. El resto de las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles y demás entes dependientes de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, no incluidas en el apartado anterior, quedarán sujetos a lo dispuesto en las normas de esta Orden que específicamente se refieran a las mismas.

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Artículo 2 - PRESUPUESTARIA 2105/12 | ALMA