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Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, por la que se aprueban las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público.

Disposición final segunda(DF2)

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será aplicable, en el sector público estatal, a partir del 1 de enero de 2014.

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Disposición final segunda - CUENTAS ANUALES PÚBLICAS | ALMA