Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local.
Regla 2(2)
1. Las entidades locales incluidas en el ámbito de aplicación de esta Instrucción están obligadas a rendir cuentas de sus operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, al Tribunal de Cuentas y, en su caso, al órgano de control externo de su Comunidad Autónoma.
2. A los efectos anteriores, dichas entidades se habrán de ajustar a lo dispuesto en el Título IV de esta Instrucción.
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