ALMA

Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local.

Regla 17(17)

Los registros de las operaciones anotadas en el SICAL-Básico, ya se contengan en bases de datos informáticas o en Libros de contabilidad, se conservarán debidamente ordenados a disposición del órgano u órganos de control externo competentes, no siendo precisa su remisión junto con la Cuenta General de la entidad local. Transcurrido el periodo de seis años contados desde la fecha de remisión de la Cuenta General, los registros de las operaciones correspondientes a dicha Cuenta podrán ser destruidos siempre que, mediando la oportuna comunicación, no existiesen impedimentos por parte del órgano u órganos de control a que correspondiese actuar.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Regla 17 - LOCAL, CONTABILIDAD 2004 | ALMA