Orden de 10 de febrero de 2000 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento del Centro de Estudios Penitenciarios.
Octavo(8)
El Director ejerce las funciones de dirección y ostenta la representación del Centro de Estudios Penitenciarios. Corresponde al Director del Centro:
a) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector.
b) Planificar, coordinar, organizar y efectuar el seguimiento de las actividades del Centro y de los planes de formación.
c) Elaborar la memoria anual del Centro.
d) Organizar y gestionar el Centro, así como dirigir sus servicios y personal.
e) Designar, conforme a la normativa vigente, en el ámbito de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, al personal que haya de colaborar en la impartición de los módulos específicos de los programas de formación, perfeccionamiento, enseñanza y en las demás actividades a desarrollar por el Centro.
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