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Orden de 10 de febrero de 2000 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento del Centro de Estudios Penitenciarios.

Undécimo(11)

1. El Centro podrá contar con profesorado colaborador, cuya selección y contratación se realizará por los procedimientos previstos en la normativa vigente. 2. Para una adecuada coordinación y calidad de los cursos, el Director podrá constituir la Junta de Profesores y nombrar Tutores o Coordinadores, cuya composición, nombramiento y funciones se especificarán en cada convocatoria. 3. El personal del Centro estará integrado por funcionarios y por personal laboral conforme a lo que se establezca en la relación de puestos de trabajo y en el catálogo del personal laboral.

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