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Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del Estado.

Segundo(2)

1. Se aprueban los modelos y normas de cumplimentación de documentos contables que figuran en los anexos de esta Orden, que serán utilizados como soporte para el registro de operaciones en el Sistema de Información Contable de la Administración General del Estado. 2. Todos los documentos contables serán electrónicos y se ajustarán a los modelos y normas de cumplimentación previstos en esta Orden, así como al procedimiento de tramitación electrónica que establezca la Intervención General de la Administración del Estado. No obstante, cuando por circunstancias excepcionales así lo determine la Intervención General de la Administración del Estado a propuesta del responsable de la oficina de contabilidad, se podrán expedir documentos contables en papel.

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