Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado.
Disposición final quinta(DF5)
La presente Ley Orgánica entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con excepción de lo prevenido en su capítulo II y en su disposición transitoria tercera, que entrará en vigor a los dos meses de dicha publicación.
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