Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Artículo doscientos dos
Además de quienes incurran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 6.º de esta Ley son inelegibles para el cargo de Diputado Provincial los deudores directos o subsidiarios de la correspondiente Corporación contra quienes se hubiera expedido mandamiento de apremio por resolución judicial.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.