Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
Artículo 403.(403)
Evacuados los anteriores trámites, se practicarán sin dilación por el Vocal Ponente designado por el Tribunal las pruebas que se hayan de realizar antes de la vista, proponiendo al Tribunal las que hayan de celebrarse durante la misma, el cual resolverá al respecto. Si se formulase la recusación de los miembros del Tribunal, se resolverá sin dilación y sin ulterior recurso contra la resolución recaída.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.