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Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

Artículo cincuenta y tres

La Sala o, en su caso, la Sección, al conocer del fondo del asunto, pronunciará en su sentencia alguno de estos fallos: a) Otorgamiento de amparo. b) Denegación de amparo.

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Artículo cincuenta y tres - CONSTITUCIONAL | ALMA