Ley Orgánica 18/2003, de 10 de diciembre, de Cooperación con la Corte Penal Internacional.
Artículo 25(25)
Si la Corte propusiere la celebración del juicio u otras actuaciones procesales en España, el Ministerio de Justicia, previa consulta con los Ministerios de Asuntos Exteriores y del Interior y otras autoridades competentes, comunicará a la Corte la decisión al respecto. En su caso, los aspectos no jurisdiccionales de dichas actuaciones estarán sometidos al acuerdo específico que se celebre con la Corte.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.