Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 615.(615)
La provocación, la conspiración y la proposición para la ejecución de los delitos previstos en los capítulos anteriores de este Título se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la que correspondería a los mismos.
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