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Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Artículo 519.(519)

La provocación, la conspiración y la proposición para cometer el delito de asociación ilícita se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la que corresponda, respectivamente, a los hechos previstos en los artículos anteriores.

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Artículo 519. - CÓDIGO PENAL | ALMA