Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 513.(513)
Son punibles las reuniones o manifestaciones ilícitas, y tienen tal consideración:
1.º Las que se celebren con el fin de cometer algún delito.
2.º Aquéllas a las que concurran personas con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o de cualquier otro modo peligroso.
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