ALMA

Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.

Artículo sesenta y ocho(68)

Uno. En los centros especiales el tratamiento se armonizará con la finalidad especifica de cada una de estas instituciones. Dos. En los establecimientos para jóvenes menores de veintiún años, al concluir el tratamiento con la emisión del juicio pronóstico final, se procurará la evaluación del resultado del mismo a través de los datos que proporcionen los servicios centrales correspondientes.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo sesenta y ocho - LOGP | ALMA