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Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Artículo 216(216)

Son procedimientos especiales de revisión los de: a) Revisión de actos nulos de pleno derecho. b) Declaración de lesividad de actos anulables. c) Revocación. d) Rectificación de errores. e) Devolución de ingresos indebidos.

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Artículo 216 - TRIBUTARIA 03 | ALMA