ALMA

Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Disposición adicional decimoquinta(DA15)

Se habilita a la Comisión Liquidadora de los Fondos de Promoción de Empleo creada por el artículo 31 de la Ley 14/2000, para proponer a la Dirección General de Patrimonio del Estado la cesión de uso, con anterioridad a la extinción del proceso de liquidación de los Fondos, del bien inmueble titularidad de los Fondos existentes en Trapaga (Vizcaya), al Fondo Formación Euskadi, a fines de formación profesional y de empleo. La cesión de uso, una vez autorizada por la Dirección General de Patrimonio del Estado, será acordada por la Comisión Liquidadora. Extinguidos los fondos, el bien se adscribirá al Patrimonio del Estado, manteniéndose la cesión de uso mientras se mantenga el fin que justifique dicha cesión.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Disposición adicional decimoquinta - FISCALES 02 | ALMA