Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
Artículo 38(38)
1. Se crea, con carácter de órgano consultivo, el Consejo Superior de Fundaciones.
2. El Consejo Superior de Fundaciones estará integrado por representantes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las fundaciones, atendiendo especialmente a la existencia de asociaciones de fundaciones con implantación estatal, y se regirá por las normas que reglamentariamente se establezcan sobre su estructura y composición.
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