Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Disposición adicional(DA)
Podrán acogerse a los beneficios del Real Decreto-ley 11/1998, de 4 de septiembre, las Sociedades Cooperativas, que sustituyan en los términos previstos en el mismo, a socios trabajadores o socios de trabajo durante los períodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento, con independencia del régimen de afiliación a la Seguridad Social en el que estuvieran incluidos los socios trabajadores sustituidos, siempre que los contratos de interinidad se celebren con trabajadores desempleados.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.