Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.
Artículo 12(12)
1. En el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar la gestión recaudatoria se regirá por lo dispuesto con carácter general en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y en su normativa de desarrollo.
2. El Instituto Social de la Marina colaborará con la Tesorería General de la Seguridad Social en el desempeño de la función recaudatoria en el ámbito del referido Régimen Especial de la Seguridad Social.
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