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Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Artículo 22(22)

1. Las obligaciones de la Hacienda Pública estatal se extinguen por las causas contempladas en el Código Civil y en el resto del ordenamiento jurídico. 2. La gestión de los créditos presupuestarios en orden a extinguir las obligaciones de la Hacienda Pública estatal se realizará de conformidad con lo dispuesto en el título II de esta ley y disposiciones de desarrollo.

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Artículo 22 - PRESUPUESTARIA | ALMA