Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Artículo 175(175)
La Intervención General de la Administración del Estado realizará la auditoría de las operaciones de transmisión de la propiedad de sociedades mercantiles estatales, participaciones, acciones o unidades o ramas de negocio, cuando las mismas representen una participación significativa en el patrimonio de la sociedad, y en todo caso, cuando comporten la pérdida del control político de aquéllas. Dicha auditoría se efectuará sobre la cuenta del resultado económico y contable, así como la memoria explicativa de los aspectos de la operación, que deberán emitirse en cada operación de enajenación antes referida.
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