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Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Artículo 165(165)

La Intervención General de la Administración del Estado elaborará anualmente un plan de auditorías en el que se incluirán las actuaciones a realizar durante el correspondiente ejercicio, tanto las que corresponda desarrollar directamente a dicho centro, como aquellas cuya ejecución deba llevarse a cabo a través de la Intervención General de la Defensa y de la Intervención General de la Seguridad Social. Asimismo, el Plan anual de auditorías incluirá las actuaciones correspondientes a ayudas y subvenciones públicas. La Intervención General de la Administración del Estado, podrá modificar las auditorías previstas inicialmente en el plan anual cuando existan circunstancias que lo justifiquen.

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Artículo 165 - PRESUPUESTARIA | ALMA