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Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

Artículo 38(38)

La Comisión Interministerial para el Medio Rural es el órgano colegiado responsable de dirigir y coordinar la acción de los distintos departamentos ministeriales en relación con el medio rural y, en particular, las medidas de desarrollo rural reguladas en esta Ley. Su composición y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.

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Artículo 38 - MEDIO RURAL SOSTENIBLE | ALMA