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Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

Artículo 15(15)

1. La formación especializada en Ciencias de la Salud es una formación reglada y de carácter oficial. 2. La formación especializada en Ciencias de la Salud tiene como objeto dotar a los profesionales de los conocimientos, técnicas, habilidades y actitudes propios de la correspondiente especialidad, de forma simultánea a la progresiva asunción por el interesado de la responsabilidad inherente al ejercicio autónomo de la misma.

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Artículo 15 - SANITARIAS, ORDENACIÓN | ALMA