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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Disposición adicional séptima(DA7)

A las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social que integran el sistema de la Seguridad Social les serán de aplicación las previsiones de esta ley en los mismos términos que a los organismos autónomos.

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