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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Disposición adicional decimoquinta(DA15)

Reglamentariamente se establecerá el régimen simplificado de justificación, comprobación y control de las subvenciones percibidas por organismos y entes del sector público estatal que, de acuerdo con la normativa presupuestaria, se encuentren sujetos a control financiero permanente de la Intervención General de la Administración del Estado, sin que puedan exigirse otras auditorías o controles adicionales.

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