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Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

Artículo 16(16)

1. Son obligaciones de los propietarios conservar en buen estado la edificación mediante un adecuado uso y mantenimiento, así como recibir, conservar y transmitir la documentación de la obra ejecutada y los seguros y garantías con que ésta cuente. 2. Son obligaciones de los usuarios, sean o no propietarios, la utilización adecuada de los edificios o de parte de los mismos de conformidad con las instrucciones de uso y mantenimiento, contenidas en la documentación de la obra ejecutada.

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Artículo 16 - EDIFICACIÓN, ORDENACIÓN | ALMA