Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.
Artículo 1(1)
La presente ley tiene por objeto la regulación básica del régimen jurídico aplicable a la reutilización de los documentos elaborados o custodiados por los sujetos incluidos en el ámbito subjetivo de aplicación regulado en el artículo 2, así como de los datos de investigación de acuerdo con las condiciones establecidas en el artículo 3.bis.
La aplicación de esta ley se hará sin perjuicio del régimen aplicable al derecho de acceso a los documentos y a las especialidades previstas en su normativa reguladora.
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