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Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.

Artículo 22(22)

En los términos previstos en esta ley y en sus normas de desarrollo, habrán de elaborarse y aprobarse, previo trámite de información pública por un período mínimo de un mes, planes de acción en materia de contaminación acústica correspondiente a los ámbitos territoriales de los mapas de ruido a los que se refiere el apartado 1 del artículo 14.

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Artículo 22 - RUIDO | ALMA