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Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Artículo 12(12)

Los conflictos de competencia entre los órganos jurisdiccionales del orden social y los de otros órdenes de la jurisdicción se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

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Artículo 12 - JURISDICCIÓN SOCIAL 2011 | ALMA