ALMA

Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Artículo 109(109)

Si se estima el despido procedente se declarará convalidada la extinción del contrato que aquél produjo, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo 109 - JURISDICCIÓN SOCIAL 2011 | ALMA