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Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.

Artículo 19(19)

Los hechos relevantes relacionados con la institución se harán públicos en la forma que reglamentariamente se determine, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores, dando conocimiento de los mismos a la CNMV, y serán incorporados a los informes sucesivos para su información a los accionistas y partícipes.

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Artículo 19 - INVERSIÓN COLECTIVA | ALMA