ALMA

Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Artículo 26(26)

1. Las superficies que sean objeto de concesión de explotación podrán tener la forma que solicite el peticionario, pero habrán de quedar definidas por la agrupación de cuadriláteros de un minuto de lado, en coincidencia con minutos enteros de latitud y longitud, adosados al menos por uno de sus lados. 2. La superficie de una concesión de explotación se adaptará a las dimensiones mínimas que sean necesarias para su protección. 3. La parte de la superficie afecta a un permiso de investigación que no resulte cubierta por las concesiones de explotación otorgadas podrá seguir dedicándose a actividades de investigación hasta el límite del periodo de vigencia del permiso.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo 26 - HIDROCARBUROS 34/98 | ALMA