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Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

Artículo 17(17)

1. Las Administraciones públicas apoyarán y colaborarán con las entidades y organizaciones que desarrollen actividades de salud pública, especialmente, en relación con los grupos más desfavorecidos o discriminados en cuestiones de salud pública. 2. Las Administraciones promoverán la incorporación de la salud pública como elemento integrante de la responsabilidad social corporativa.

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Artículo 17 - SALUD PÚBLICA 2011 | ALMA