Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
Artículo 23(23)
La situación patrimonial de los altos cargos será examinada por la Oficina de Conflictos de Intereses al finalizar su mandato para verificar los siguientes extremos:
a) El adecuado cumplimiento de las obligaciones reguladas en esta ley.
b) La existencia de indicios de enriquecimiento injustificado teniendo en consideración los ingresos percibidos a lo largo de su mandato y la evolución de su situación patrimonial.
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