Ley 29/2022, de 21 de diciembre, por la que se adapta el ordenamiento nacional al Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre Eurojust, y se regulan los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior.
Artículo 3(3)
1. El adjunto del miembro nacional de España tendrá su lugar de trabajo habitual en la sede de Eurojust.
2. Mediante real decreto se podrán designar adjuntos adicionales, que tendrán su lugar de trabajo habitual en Madrid, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 7 del Reglamento (UE) 2018/1727.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.