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Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Disposición final segunda(DF2)

La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 1995. El apartado 3 de la disposición transitoria segunda entrará en vigor el día siguiente al de la publicación de la presente ley en el «Boletín Oficial del Estado». Los traspasos de local de negocio producidos a partir de la fecha señalada en el párrafo anterior se considerarán producidos a partir de la entrada en vigor de la ley.

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