Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
Disposición adicional decimosexta(DA16)
1. La aplicación de esta Ley a los Cabildos Insulares Canarios se realizará en los términos previstos en su legislación específica y con estricta sujeción a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
2. La aplicación de esta Ley a los Consejos Insulares de las Illes Balears se realizará en los términos previstos en su legislación específica y con estricta sujeción a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
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